¿Dónde se ponen las demandas? Para iniciar cualquier trámite con la Administración de Justicia, el ciudadano deberá dirigirse hasta los Servicios Comunes Generales. Allí se podrá presentar su demanda, registrar una petición. ¿Quién se encargará de estudiar el caso? Una vez presentado su escrito, y si éste se encuadra en la jurisdicción penal, social o contencioso administrativo, pasará a los Servicios Comunes de Ordenación del Procedimiento. Dirigidos por un secretario judicial. Estos servicios se encargan de controlar el procedimiento hasta el momento de la sentencia. El Juez sólo se ocupará, de este modo, de ejecutar la prueba, realizar el juicio y dictar sentencia. El resto, todo el trámite procesal, lo dirigirá este servicio. ¿Podrá entonces un Secretario Judicial inadmitir las demandas? Si un Secretario Judicial considera que no hay motivos que sustenten un procedimiento, dará traslado al Juez y será éste el que finalmente la fije o no como inadmisible. ¿Cuáles son las nuevas t
Eficiencia Procesal