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Mostrando las entradas etiquetadas como Legislación

¡Qué pasa en agosto!

Foto: KienyKe Ya está aquí agosto, el mes más deseado del año en el sector de la Justicia, que viene después del pestoso julio, hoy día 31, me han enviado a las 14:02 una demanda con veinte documentos; para que os hagáis una idea; se ha quedado presentada. Pero de unos años a esta parte, en concreto desde que se ha establecido el sistema de notificaciones y presentación de escritos LexNet , lo afrontamos con cierto desasosiego por la incertidumbre de si nos van a notificar los juzgados y con ello se quiebra la paz veraniega y qué pasa con los plazos que conlleven esas notificaciones. Parece que se nos han olvidado nuestros estudios y conocimientos del Derecho Procesal, o que pensamos que una simple plataforma informática puede derogar y cambiar a su antojo leyes. No, las leyes siguen siendo las mismas, eso sí, con las modificaciones que se han realizado para la implementación de LexNet, pero está todo por escrito y se puede consultar en el BOE . Para que podamos disf

Revisión del sistema de Tasas Judiciales en Segunda Instancia

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Justicia sobre un Anteproyecto de Ley por el que se revisan las tasas judiciales vigentes desde 2002 y reguladas por la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. En este Anteproyecto de Ley de reforma de determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto nacional de toxicología y Ciencias Forenses también se introducen dos mejoras en la gestión: procuradores y abogados podrán facilitar el pago, y se establecerá la posibilidad de revisar la liquidación de la tasa durante la tramitación del procedimiento judicial. El objetivo de esta iniciativa es evitar la litigiosidad artificiosa que satura actualmente los juzgados. Las tasas abonadas por los ciudadanos que sí tienen recursos económicos no irán a parar a las arcas del Estado, sino que, tal y como ya avanzó el ministro de Justicia, estarán destinadas a sufragar la justicia gratuita. Según una estimación realizada a partir d

Modificaciones procesales al final de la legislatura

En el Boletín Oficial del Estado nº 245 de 11 de octubre de 2011 se han aprobado tres importantes leyes que inciden y afectan sobre el Derecho Procesal. Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social La norma aspira tanto a ofrecer una mayor y mejor protección a los  trabajadores y a los beneficiarios de la Seguridad Social, fortaleciendo la tutela judicial en un espacio vertebrador de la vida social y económica. Al mismo tiempo se refuerza la seguridad jurídica del marco de encuentro entre los operadores sociales y económicos, así como en la actuación de las entidades u organismos gestores o colaboradores de las referidas prestaciones sociales. La presente Ley persigue dotar a los órganos judiciales de instrumentos que agilicen los procesos de resolución de controversias, eviten abusos equilibrando la protección y tutela de los distintos intereses en conflicto, protejan mejor a los trabajadores frente a los accidentes laborales y proporcionen mayor segur

Los depósitos de los recursos infundados

El Gobierno modifica la norma que regula los depósitos y consignaciones judiciales El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha aprobado la modificación del Real Decreto 467/2006, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores. Esta modificación se recoge en la nueva disposición adicional decimoquinta de la ley Orgánica del Poder Judicial -introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre. En ella se especifica la consignación de un depósito, previo a la interposición de recursos frente a las resoluciones judiciales, cuyo fin principal es disuadir a quienes recurran sin fundamento jurídico alguno, para que no prolonguen indebidamente el tiempo de resolución del proceso en perjuicio del derecho a la tutela judicial efectiva de las otras partes personadas en el proceso. Cuando el órgano jurisdiccional inadmita el recurso o la demanda, o confirme la resolución recurrida, el r

Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales

Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. El presente real decreto aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales. Esta ley tiene como objetivo principal mejorar la capacitación profesional de abogados y procuradores en cuanto colaboradores relevantes de la administración de justicia con el fin de que los ciudadanos tengan garantizado un asesoramiento, una defensa jurídica y una representación técnica de calidad como elementos esenciales para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada la ley establece un sistema de formación en la excelencia que tiene tres pilares básicos: la realización de un curso formativo específico en el que se ha

Ley 4/2011, modificación de la Ley 1/2000, L.E.C., para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía

Modificaciones introducidas por la presente Ley: Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de Enero, de Enjuiciamiento Civil: Incorporación al ordenamiento jurídico español del “proceso monitorio europeo ” y el “proceso de escasa cuantía ” . E n el juicio verbal , en su fase declarativa y de ejecución, se eleva la cuantía para cuya reclamación no sea obligatoria la intervención de abogado y procurador, que pasa de 900 a 2.000 euros, en consonancia con la cuantía del proceso europeo de escasa cuantía. En el procedimiento monitorio se introduce la posibilidad de que el juez proponga al demandante otra cuantía inferior y distinta a la que figure en su petición, en línea con lo que se establece para el proceso monitorio europeo. Modificación del artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Se incluye como hecho imponible de la tasa judicial la presentación inicial del procedimiento monitorio y, a su vez, añade una nuev

El TUE declara ilegal el canon digital a empresas y profesionales

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) declaró hoy ilegal cualquier tipo de canon digital que se imponga de forma indiscriminada a todos los equipos y materiales de reproducción y no únicamente a los que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas, como el que se aplica en España. No obstante, la sentencia deja en manos de la Audiencia Provincial de Barcelona determinar si efectivamente el canon español se impone de forma indiscriminada. Según se extrae de la porpia sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado hoy el canon digital que se aplica a equipos de reproducción destinados a particulares para uso privado pero ha declarado ilegal aplicarlo indiscriminadamente a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada. El dictamen se refiere al litigio que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) con la empresa PADAWAN, que

Legislación actualizada la nueva oficina judicial

Aquí encontraréis unos enlaces a las leyes procesales, que más manejamos los Procuradores. Los textos incluyen las modificaciones operadas por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, que entrará en vigor el 4 de mayo de 2010. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal Ley 1/2000, de 7 de enero de 2000, de Enjuiciamiento Civil Fuente: Ministerio de Justicia Foto: Quino

El proceso Monitorio eleva su cuantía a 250.000 €

Corrección de errores de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial. Advertido error en la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 266, de 4 de noviembre de 2009, se procede a efectuar la oportuna rectificación: En la página 92108, en su párrafo décimo del apartado IV de la Exposición de Motivos, donde dice: «Respecto al proceso monitorio, se eleva su cuantía de 30.000 a 150.000 euros», debe decir: «Respecto al proceso monitorio, se eleva su cuantía de 30.000 a 250.000 euros». Fuente: Ministerio de Justicia

El Gobierno establece un procedimiento mixto, administrativo y judicial, para proteger la propiedad intelectual en Internet

La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, anunció el pasado 08/01/2010 las medidas contenidas en el Proyecto de Ley de Economía Sostenible, aprobadas por el Consejo de Ministros, destinadas a luchar contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en Internet. La ministra enfatizó que éste es “un sector económico estratégico para la transformación del modelo productivo que en nuestro país supone un 4,2% PIB y que genera decenas de miles de puestos de trabajo”. Procedimiento mixto “Se trata de un sistema mixto en el que la Administración y la Justicia tienen cada uno su papel y que da la última palabra a los jueces. Es una propuesta muy equilibrada porque permite a la Administración actuar contra quienes que se enriquecen ilegalmente y perjudican a las obras de otros”. La ministra añadió que “la libertad de expresión e información en la Red quedarán garantizadas”. González-Sinde ha explicado que si un titular de derechos considera que estos están siendo vulnerados po

Depósitos por recurrir

La Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial establece que para la interposición de recursos ordinarios y extraordinarios, la revisión y la rescisión de sentencia firme a instancia del rebelde, en los órdenes jurisdiccionales civil, social y contencioso-administrativo, precisarán de la constitución de un depósito a tal efecto. En el orden penal este depósito será exigible únicamente a la acusación popular. En el orden social y para el ejercicio de acciones para la efectividad de los derechos laborales en los procedimientos concursales, el depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. Al notificarse la resolución a las partes, se indicará la necesidad de constitución de depósito para recurrir, así como la

Modificación de la Ley Concursal

El Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica; Publicado en BOE de 31 de marzo de 2009; aborda entre otras medidas para activar o proteger la economía del país, una reforma de la ley concursal. Encaminada a garantizar un procedimiento concursal más ágil y eficiente y menos costoso. El objetivo de la reforma es fomentar la continuidad de la actividad de la empresa. Se busca facilitar que el mayor número posible de empresas con dificultades transitorias, pero con un proyecto de futuro, puedan superarlas e, incluso, puedan evitar el concurso. La reforma se efectúa en tres planos principales. Con medidas orientadas a la agilización del procedimiento: se introducen modificaciones que reducen el coste del concurso (gratuidad de su publicación en el BOE, registros telemáticos, revisión de la remuneración de los administradores) y se amplían los casos que pueden tratarse por procedimient

Legislación sobre Justicia Gratuita

Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia jurídica gratuita, BOE de 12 de enero de 1996: http://www.cgpe.es/asistencia.aspx?doc=LeyJusticiaGratuita.xml Reglamento de asistencia jurídica gratuita, aprobado por Real Decreto 2103/1996, de 20 de septiembre, BOE de 24 de septiembre de 1996: http://www.cgpe.es/asistencia.aspx?doc=ReglamentoJG.xml Real Decreto 1949/2000, de 1 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, publicado en el BOE de 2 de diciembre de 2000: http://www.cgpe.es/asistencia.aspx?doc=rd1949-2000.xml Real Decreto 1162/2001, de 26 de octubre, por el que se modifica el artículo 29 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, publicado en el BOE de 27 de octubre de 2001: http://www.cgpe.es/asistencia.aspx?doc=rd1162-2001.xml