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Mostrando entradas de diciembre, 2010

Competencias del Juzgado de 1ª Instancia Nº 7 de Albacete

Acuerdo de 25 de noviembre de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia número 7 de Albacete, de nueva creación, el conocimiento, con carácter exclusivo, de los procedimientos de Incapacitación, Tutelas, Curatelas y Guarda de los menores o incapacitados, Títulos IX y X del Código Civil del Libro I del Código Civil, incluidos los internamientos no voluntarios por razón de trastorno psíquico, y las ejecuciones derivadas de estos procedimientos, conjuntamente con el Juzgado de Primera Instancia número 6 de dicho partido judicial. El artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prevé que «el Consejo General del Poder Judicial podrá acordar, previo informe de la Sala de Gobierno, que en aquellas circunscripciones donde exista más de un Juzgado de la misma clase, uno o varios de ellos asuman con carácter exclusivo el conocimiento de determinadas clases de asuntos, o de las ejecuciones propias del orden jurisdiccional

Agradecimiento Google AdWords

Hace 10 años, un pequeño equipo añadió la frase "Publique su anuncio aquí" al lado de nuestros resultados de búsqueda. Al cabo de pocos minutos, el primer cliente de AdWords publicó un anuncio de venta por correo de langostas vivas. Diez años y miles de millones de anuncios después, queremos celebrar el décimo aniversario de AdWords manifestándole nuestro agradecimiento por anunciarse con nosotros. Esperamos que disfrute de esta pequeña muestra de nuestro aprecio, un vídeo personalizado dirigido a usted: http://www.youtube.com/adwords10?x=7c86803bc1174c79913912f698bd8dce Muchas gracias. ¡Le deseamos un gran éxito en los próximos 10 años!. El equipo de Google AdWords.

Ejerciente en España

Esta mañana al ir a hacer un traslado de copias entre Procuradores por Lexnet , soy de los pocos de mi Colegio, me he llevado la grata sorpresa de que en el desplegable aparecen como opciones los Procuradores de doce Comunidades Autónomas ( Andalucía , Aragón , Castilla La Mancha, Castilla León, Comunidad Valenciana, Extremadura , Galicia , Islas Baleares, La Rioja , Madrid y Murcia) más Ceuta y Melilla . Por lo que podemos efectuar traslados de copias a los compañeros de todos estos territorios. Otra cosa es la presentación , a día de hoy, del escrito original ( sobre todo ese escrito de último minuto ), el contacto directo con el Juzgado y el procedimiento , la remisión de la notificación por parte de los Juzgados ubicados fuera de donde tenemos la sede física de nuestro despacho, que hasta ahora se quedaba limitado al ámbito territorial que abarcara el Colegio de Procuradores; pero sin duda es una barrera que ha caído para el libre ejercicio territorial de la profesión. Como no