Ley 4/2011, modificación de la Ley 1/2000, L.E.C., para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía
Modificaciones introducidas por la presente Ley:
Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de Enero, de Enjuiciamiento Civil:
Incorporación al ordenamiento jurídico español del “proceso monitorio europeo” y el “proceso de escasa cuantía”.
En el juicio verbal, en su fase declarativa y de ejecución, se eleva la cuantía para cuya reclamación no sea obligatoria la intervención de abogado y procurador, que pasa de 900 a 2.000 euros, en consonancia con la cuantía del proceso europeo de escasa cuantía.
En el procedimiento monitorio se introduce la posibilidad de que el juez proponga al demandante otra cuantía inferior y distinta a la que figure en su petición, en línea con lo que se establece para el proceso monitorio europeo.
Modificación del artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Se incluye como hecho imponible de la tasa judicial la presentación inicial del procedimiento monitorio y, a su vez, añade una nueva exención que impida el doble pago de la tasa en los casos de oposición del deudor . Se incorpora también al ámbito de la tasa judicial la iniciación del proceso monitorio europeo,
Dicha Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el B.O.E.
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