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Por qué llevo asuntos en los que no soy preceptivo

El Anteproyecto de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales de 02 de agosto establece el fin de la incompatibilidad entre abogado y procurador. Cualquiera de estos profesionales colegiados podrá ejercer la otra profesión, a excepción de las funciones de agente de autoridad que quedan reservadas para los procuradores, sin ningún tipo de requisito. Un abogado podrá ejercer de procurador y viceversa.

Esto ha levantado gran polémica y debate en ambas profesiones sobre el régimen disciplinario a aplicar, la responsabilidad profesional exigible, el comportamiento ético del profesional ante su nueva situación...

En una primera impresión la profesión que necesitaría de una menor adaptación sería la de abogad, dado que ya suelen ejercer funciones de representación en determinados procedimientos como en el Orden Social, Procedimientos Abreviados en lo Contencioso-Administrativo, Juicios de Faltas, en la fase de Diligencias Previas en asuntos penales.

Por parte de los procuradores se está realizando gestiones por nuestros representantes  para que la compatibilidad no salga adelante. Reuniones de las que se recibe muy poca información o que levantan mucha expectación y luego se quedan en humo.

En este punto me planteo cual es mi situación actual y a dónde puede variar.

Llevo desde 1999 colegiado como procurador. Como todos los inicios, en cualquier actividad, son duros y más si no tienes contactos en el sector como fue mi caso, pero con ayuda de la familia y tesón logré arrancar y tener un despacho modesto, pero bien considerado. Nunca he pretendido tener un "gran despacho" ni batir record en número de procedimientos.

Y analizando esos procedimientos observo que llevo asuntos en los que no soy preceptivo, ya he dicho antes que asuntos son esos, Diligencias Previas, Juicios de Faltas, Procedimientos Abreviados en lo Contencioso-Administrativo, Conciliaciones, Monitorios, Juicios Verbales inferiores a 2000 €, Jurisdicción Voluntaria y algún que otro Social, aunque reconozco que estos son los menos.

Y ¿quién me da esos asuntos? Tengo que reconocer que me llegan de todos los abogados con los que trabajo de manera habitual.

¿Por qué me dan asuntos? Evidentemente porque deben estar contentos con mi trabajo, se crea un vínculo de confianza y se trasmite seguridad mutua.

¿Cómo he conseguido eso? trabajando, a mi entender, bien y dando un valor añadido al trabajo de representación procesal, completando y colaborando con el abogado en la labor de sacar el procedimiento adelante.

Trabajar bien no sólo consiste en hacer llegar las notificaciones del juzgado al abogado en el menor tiempo posible. Eso es relativamente fácil y hay programas informáticos que ayudan en esa labor ( lo de los programas comerciales de gestión de despachos se merece un post aparte). Trabajar bien consiste en eso y mucho más. Si empezamos por la notificación hay que leerse lo que te estás notificando y enviando al abogado, completar en muchos casos la notificación con el documento que dice que se acompaña pero que el Juzgado no te ha dado; no está de más escribir unas líneas en el correo-e que envías con una pequeña descripción o remarcar los plazos y señalamientos que hay que apuntar en la agenda y luego recordar con la suficiente antelación (aquí sí hay aplicaciones de agenda que veo muy útiles), porque a cuatro ojos y dos cabezas es más difícil que se le escape algo.

De las notificaciones surgen muchos escritos y gestiones que podemos realizar, con la consulta previa al abogado que, no olvidemos, es el director del procedimiento, y que lleva ahorro de tiempo; como por ejemplo, quedar directamente con el cliente para el apoderamiento, escritos solicitando averiguación de domicilio, control de la documentación y citaciones a juicio, etc. (aquí surge otro post: cómo ejercer mal la profesión en partidos alejados de la sede de tu despacho).

Gestionar con diligencia oficios y mandamientos, acusar recibo de los correos-e, que genera confianza y da seguridad en la relación con el abogado. Estar localizable y facilitar la recepción de escritos y su posterior presentación.

Todo esto y cualquier mejora que se os ocurra es dotar de valor añadido al desempeño de nuestra profesión, porque el procurador no es un cartero de lujo. Es un profesional, licenciado en derecho, con amplios conocimientos en Derecho Procesal y gran capacidad en gestión documental y tramitación de expedientes.

Ante el nuevo panorama que puede plantear la Ley de Servicios y Colegios Profesionales el procurador tiene que mirar adelante con capacidad de evolución. Seguir ostentando la representación procesal, si ahora llevas asuntos en los que no eres preceptivo luego también los podrás llevar si das valor añadido a tu trabajo.

Ampliar en campo de actuación, y aquí entramos en la zona de conjeturas, por ejemplo seguir llevando la gestión procesal aunque no se ostente la representación, bien de manera colaborativa con otros profesionales o incorporándose a un despacho en el que cada uno tenga funciones diferenciadas. Sin olvidar que el procurador también podrá ejercer de abogado y hay procedimientos que, desde un inicio estarían a nuestro alcance, otros más complejos, necesitarían de un mayor estudio y experiencia, pero es como todo, si tienes voluntad y tesón con el tiempo se aprende.

Por eso, aunque a nadie le guste los cambios y mucho menos cuando estos supongan un gran esfuerzo de adaptación, no nos queda otra que mirar para delante y estar preparados, que si fuimos capaces de levantar un despacho sabremos mantenerlo.

No sobreviven los más fuertes, sino los que mejor se adaptan.

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