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Al final nos aprenderemos el 162 de la LEC

Es de celebrar la rápida toma de decisión del Secretario Coordinador de Jaén, que ya ha sacado una Circular para recordar del contenido del artículo 162 de la LEC y evitar los nervios del año pasado sobre qué iba a pasar en agosto y LexNet.
El mismo día que salía esta Circular, en Castilla La Mancha se renovaban los cargos de Secretarios Coordinadores de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo. Esperemos que pronto tomen una decisión semejante a la de su homólogo de Jaén y poder así afrontar con más sosiego este fin de curso judicial.

A continuación reproducimos íntegramente la mencionada circular.

“La reforma del artículo 162 de la LEC operada por la Ley 42/2015 que  establece que “ No se practicarán actos de comunicación a los profesionales por vía electrónica durante los días del mes de agosto, salvo que sean hábiles para las actuaciones que corresponda “, hace preciso fijar criterios uniformes en la utilización del aplicativo de Lexnet durante el expresado mes a fin de dar cumplimiento a la citada normativa  y evitar situaciones de inseguridad jurídica al poder interpretarse que cualquier notificación de resolución recibida durante dicho mes pudiera considerarse hábil.
En  consecuencia como CRITERIOS A SEGUIR EN EL SISTEMA DE NOTIFICACIONES LEXNET  DURANTE EL MES DE AGOSTO SE ESTABLECEN:
1)  No se practicará durante el mes de Agosto ningún acto de comunicación a los profesionales por vía electrónica, salvo habilitación. Por tanto no se remitirán vía Lexnet hasta el mes de Septiembre, lo que se recomienda hacerlo de forma escalonada ( en días hábiles ), procurando no exceder cada día del volumen diario habitual de notificaciones de cada Órgano Judicial para evitar una posible saturación y colapso del sistema, y facilitar así mejor  la recepción por los profesionales.
La incorrecta  notificación de una resolución durante el mes de Agosto puede dar lugar a la nulidad de la misma y sus consecuencias posteriores.
2) Sólo se pueden practicar diligencias de comunicación/notificación de aquellas actuaciones que sean hábiles en dicho mes.
3) Lo expuesto es aplicable a cualquier tipo de jurisdicción (Civil, Penal, Social y Contencioso-Administrativo).

Los Sres/as Letrados  de la Administración de Justicia para asegurar su conocimiento y cumplimiento participarán  de forma fehaciente la presente a todos   los Funcionarios de sus Oficina  Judicial.
            La presente se  participa los Ilmos. Sres. Decanos de los Colegios de Abogados, de Procuradores, de Graduados Sociales y Letrados de de las distintas Instituciones y Administraciones.
 
                      Jaén a 10 /Julio/2017

EL SECRETARIO COORDINADOR
        PROVINCIAL DE JAÉN
 Fdo.: Ángel Luis Luque Navarro”

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