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Presentación de observaciones al Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales

El Ministerio de Economía y Competitividad ha abierto un plazo de audiencia pública a cualquier persona interesada en presentar observaciones al Anteproyecto de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales. Las observaciones podrán ser presentadas hasta el día 22 de septiembre, antes del 23  (prorrogado el plazo por el   Mº de Economía y Competitividad ).   Para ello, el   Consejo General de Procuradores   ha elaborado un modelo de observaciones para presentar a título personal y que pone a disposición de todo aquel interesado en defender los intereses de la Procura. El trámite de audiencia es público y universal, abierto a todos los ciudadanos.   El Documento de Observaciones deberá ser cumplimentado con su nombre y DNI antes de realizar el envío. Se puede acceder al modelo a través del siguiente enlace:  http://www.cgpe.es/ALSCP.html

Todo no puede ser, pero se intenta

Solicitud de devolución de la Tasa Judicial

Desde el día 1 de junio de 2013 se pueden presentar, a través del modelo 695, las solicitudes de devolución de la tasa judicial a que se tiene derecho bien por la acumulación de procesos, bien por haber alcanzado un acuerdo que ponga fin al proceso, bien por allanamiento total o, en su caso, por el reconocimiento total de las pretensiones del demandante en vía administrativa por parte de la Administración demandada. Igualmente, a partir de la citada fecha los Tribunales de Justicia han empezado a remitir a la Agencia Tributaria la información de todos los procesos en que se han producido los supuestos anteriores para que se puedan efectuar las comprobaciones y los oportunos contrastes de las solicitudes de devolución. Con el fin de evitar retrasos en las devoluciones y cualquier otro tipo de molestias al contribuyente sería conveniente que, especialmente en los supuestos de devolución cuyo origen fuera anterior al 1 de junio de 2013, el solicitante pusiera en conocimiento del

Bonificación del 10% en la Tasa Judicial por la utilización de Lexnet

“Consulta Vinculante DGT V0483-13, de 19 de febrero de 2013. SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos. Normativa: Ley 10/2012. Art. 10 Cuestión:   Aplicación de la bonificación prevista en el artículo 10 de la Ley 10/2012 a la utilización de la Plataforma LexNet. Contestación En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo informa lo siguiente: El artículo 10 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses prevé una bonificación del 10 por ciento sobre la tasa por la actividad judicial para los supuestos en que se utilicen medios telemáticos en la presentación de los escritos que originan la exigencia de la misma y en el resto de las comunicaciones con los juzgados y tribunales.  Tal sería el caso, a juicio de esta Dirección General, de la utilización de la Plataforma LexNet  al amparo del Real Decreto 84/

Con confianza pero, guarda las formas

En la relación entre Juzgado y Procurador es conveniente y aconsejable una cierta confianza y con el trato y el tiempo se consigue un grado de amistad o relación cordial entre el personal del Juzgado y el Procurador, fruto de la relación diaria entre ellos. A las buenas o a las malas tenemos que colaborar para sacar el procedimiento judicial adelante. Con la masificación de la Justicia y la pérdida de la territorialidad parte de esa cordialidad se ha difuminado y hemos pasado a una relación de "somos números para ellos". Aunque como veréis aún se mantiene el trato entre nosotros pero, eso no nos tiene que hacer perder las formas a la hora de notificar. ;-))

Mi primera Tasa

Quería haber escrito este post antes, pero el volumen de trabajo hace que tenga un poco descuidado el blog, se nota ¿verdad?. El pasado 16 de enero, tras un requerimiento del Juzgado a una demanda presentada el 17 de diciembre, primer día de disponibilidad del Modelo 696 , intenté presentar mi primera "Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social".Yo me las hacía tan felices, dentro del mal de tener que pagar una tasa, siempre se me ha dado bien esto de la informática y en mi Colegio de Procuradores  me consideran un "Gurú" de esto de las teclas. Entro en la página del modelo a través de Internet Explorer con mi certificado digital, relleno las casillas correspondientes y abajo del modelo de doy a "Obtener NRC", el famoso Número de Referencia Completo. Hasta ahora ningún problema, algo muy similar hago todos los trimestres con las declaraciones de IRPF e IVA del despacho. Se

UNED - Las funciones profesionales del procurador - 09/12/12 (siempre conviene recordarlas)

La profesión de procurador de los Tribunales es muy técnica y realmente desconocida para una parte importante de la ciudadanía. Si usted ha tenido o está inmerso en algún litigio tendrá un abogado y también un procurador, y seguramente se pregunte cuál es la necesidad de tener a este profesional cuando ya cuenta con un abogado, qué es lo que hace para que sea ineludible su presencia. Entre las funciones que realizan los procuradores destaca la salvaguarda de las garantías de los ciudadanos ante un procedimiento judicial. Manuel Álvarez-Buylla Ballesteros, procurador de los Tribunales, secretario de la Sección de Derecho Procesal de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. María Fernanda Moretón Sanz, profesora de Derecho Civil (UNED). Fuente: RTVE - UNED