Ir al contenido principal

Entradas

Competencias del Juzgado de 1ª Instancia Nº 7 de Albacete

Acuerdo de 25 de noviembre de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia número 7 de Albacete, de nueva creación, el conocimiento, con carácter exclusivo, de los procedimientos de Incapacitación, Tutelas, Curatelas y Guarda de los menores o incapacitados, Títulos IX y X del Código Civil del Libro I del Código Civil, incluidos los internamientos no voluntarios por razón de trastorno psíquico, y las ejecuciones derivadas de estos procedimientos, conjuntamente con el Juzgado de Primera Instancia número 6 de dicho partido judicial. El artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prevé que «el Consejo General del Poder Judicial podrá acordar, previo informe de la Sala de Gobierno, que en aquellas circunscripciones donde exista más de un Juzgado de la misma clase, uno o varios de ellos asuman con carácter exclusivo el conocimiento de determinadas clases de asuntos, o de las ejecuciones propias del orden jurisdiccional

Agradecimiento Google AdWords

Hace 10 años, un pequeño equipo añadió la frase "Publique su anuncio aquí" al lado de nuestros resultados de búsqueda. Al cabo de pocos minutos, el primer cliente de AdWords publicó un anuncio de venta por correo de langostas vivas. Diez años y miles de millones de anuncios después, queremos celebrar el décimo aniversario de AdWords manifestándole nuestro agradecimiento por anunciarse con nosotros. Esperamos que disfrute de esta pequeña muestra de nuestro aprecio, un vídeo personalizado dirigido a usted: http://www.youtube.com/adwords10?x=7c86803bc1174c79913912f698bd8dce Muchas gracias. ¡Le deseamos un gran éxito en los próximos 10 años!. El equipo de Google AdWords.

Ejerciente en España

Esta mañana al ir a hacer un traslado de copias entre Procuradores por Lexnet , soy de los pocos de mi Colegio, me he llevado la grata sorpresa de que en el desplegable aparecen como opciones los Procuradores de doce Comunidades Autónomas ( Andalucía , Aragón , Castilla La Mancha, Castilla León, Comunidad Valenciana, Extremadura , Galicia , Islas Baleares, La Rioja , Madrid y Murcia) más Ceuta y Melilla . Por lo que podemos efectuar traslados de copias a los compañeros de todos estos territorios. Otra cosa es la presentación , a día de hoy, del escrito original ( sobre todo ese escrito de último minuto ), el contacto directo con el Juzgado y el procedimiento , la remisión de la notificación por parte de los Juzgados ubicados fuera de donde tenemos la sede física de nuestro despacho, que hasta ahora se quedaba limitado al ámbito territorial que abarcara el Colegio de Procuradores; pero sin duda es una barrera que ha caído para el libre ejercicio territorial de la profesión. Como no

OFICINA JUDICIAL (Guía básica para no perderse)

¿Dónde se ponen las demandas? Para iniciar cualquier trámite con la Administración de Justicia, el ciudadano deberá dirigirse hasta los Servicios Comunes Generales. Allí se podrá presentar su demanda, registrar una petición. ¿Quién se encargará de estudiar el caso? Una vez presentado su escrito, y si éste se encuadra en la jurisdicción penal, social o contencioso administrativo, pasará a los Servicios Comunes de Ordenación del Procedimiento. Dirigidos por un secretario judicial. Estos servicios se encargan de controlar el procedimiento hasta el momento de la sentencia. El Juez sólo se ocupará, de este modo, de ejecutar la prueba, realizar el juicio y dictar sentencia. El resto, todo el trámite procesal, lo dirigirá este servicio. ¿Podrá entonces un Secretario Judicial inadmitir las demandas? Si un Secretario Judicial considera que no hay motivos que sustenten un procedimiento, dará traslado al Juez y será éste el que finalmente la fije o no como inadmisible. ¿Cuáles son las nuevas t

Fernando Toribios se convierte en el primer procurador en acceder a la Real Academia de Jurisprudencia de Valladolid

El procurador palentino Fernando Toribios ha ingresado hoy como académico de número en la Real Academia de la Legislación y Jurisprudencia de Valladolid, por lo que se convierte en el primer procurador que accede a la institución, en la que hasta ahora estaban representados otros estamentos del mundo jurídico como abogados, notarios, catedráticos, magistrados y registradores. La Real Academia consta de 25 miembros, todos ellos juristas, entre los que figuran únicamente dos mujeres, la magistrada del Supremo María Luisa Segoviano y la catedrática Teodora Torres. Presidida por una Junta de Gobierno compuesta por cuatro miembros, -presidente, vicepresidente, secretario y tesorero-, la función de la Academia es el estudio y promoción de la ciencia jurídica. La condición de académico de número es vitalicia, por lo que su composición se renueva sustituyendo a los académicos fallecidos. En este caso, Toribios ocupa el lugar de José Luis de los Mozos y de los Mozos, fallecido en el año 2008. L

El TUE declara ilegal el canon digital a empresas y profesionales

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) declaró hoy ilegal cualquier tipo de canon digital que se imponga de forma indiscriminada a todos los equipos y materiales de reproducción y no únicamente a los que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas, como el que se aplica en España. No obstante, la sentencia deja en manos de la Audiencia Provincial de Barcelona determinar si efectivamente el canon español se impone de forma indiscriminada. Según se extrae de la porpia sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado hoy el canon digital que se aplica a equipos de reproducción destinados a particulares para uso privado pero ha declarado ilegal aplicarlo indiscriminadamente a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada. El dictamen se refiere al litigio que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) con la empresa PADAWAN, que